Causales para permitir aborto fue también tema debatido en el CNM

“La Constitución no prohíbe el aborto. La Constitución establece que protege la vida desde la concepción hasta la muerte pero la vida de la mujer es una vida. El derecho de la mujer a disponer de su cuerpo es un derecho fundamental, el derecho del feto, de la criatura en el vientre de mujer, también es un derecho en perspectiva y la ley establece que para ser titular de derechos y obligaciones se requiere haber nacido vivo y viable y es una cuestión que debe normarse en normas ordinarias, no en norma constitucional”, dijo Ciprián.

Nacionales18 de enero de 2021Aguila DigitalAguila Digital
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En la primera jornada de entrevistas que celebró la pasada semana el Consejo Nacional de la Magistratura el tema del aborto, el incumplimiento del Tribunal Constitucional (TC) en emitir los fallos en los plazos establecidos por la ley, la competencia o no de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos para dirimir asuntos de República Dominicana, el proyecto de ley de extinción de dominios, lo referente al derecho a mentir de los imputados y otros temas establecidos en la Constitución, fueron analizados por los primeros 20 entrevistados que buscan ser elegidos como jueces del TC.

Durante el proceso moderado en su gran mayoría por el presidente de la República, Luis Abinader, los consejeros cuestionaron a los interesados en sustituir a cuatro jueces de la alta corte si favorecen que la discusión de las tres causales para permitir el aborto en el país se haga fuera del proceso para aprobar el nuevo Código Penal.

El juez Rafael Ciprián explicó que la Constitución de la República no prohibe el aborto y que más bien está a favor de la vida y reconoce derechos y obligaciones para la persona que haya nacido viva y viable. En tanto que Teófilo Andújar explicó que el derecho a la vida es una disposición constitucional a la que, en principio, se deben toda la sociedad y los jueces.

“La Constitución no prohíbe el aborto. La Constitución establece que protege la vida desde la concepción hasta la muerte pero la vida de la mujer es una vida. El derecho de la mujer a disponer de su cuerpo es un derecho fundamental, el derecho del feto, de la criatura en el vientre de mujer, también es un derecho en perspectiva y la ley establece que para ser titular de derechos y obligaciones se requiere haber nacido vivo y viable y es una cuestión que debe normarse en normas ordinarias, no en norma constitucional”, dijo Ciprián.

Catalina Ferreras y Juan Biaggi Lama coincidieron en establecer la buena labor de los magistrados del TC, pero también les cuestionaron el hecho no cumplir con los plazos establecidos en su ley orgánica para fallar recursos.

Sobre el proyecto de ley de extinción de dominio, Manuel Bonelly explicó que permite la recuperación fácil y efectiva de los bienes y garantiza el derecho de defensa a la persona afectada.

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