POR WILLIAN REYNOSO SANCHEZ
El teatro político dominicano se prepara para una nueva función de cara a los comicios presidenciales del 2028, pero el libreto ya parece estar escrito y ensayado tras bambalinas. Lo que en teoría constitucional debería ser la fiesta de la democracia interna de los partidos, en la práctica se encamina a convertirse en un monólogo de las cúpulas. La costumbre de la imposición, solapada bajo elegantes eufemismos procedimentales, amenaza una vez más con secuestrar la voluntad de la militancia de base.
El panorama que se vislumbra en las principales fuerzas partidarias es el reflejo de una cultura donde el voto universal es sustituido por la discrecionalidad del poder. En la Fuerza del Pueblo (FP), la candidatura de Leonel Fernández camina sobre el riel indiscutible de la «aclamación», evitando de forma calculada ir a unas primarias abiertas donde la militancia elija libremente.
En el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Danilo Medina no permitirá una contienda abierta y proyecta imponer la proclamación del Comité Político, con la ratificación sumisa del Comité Central, para empujar la figura de Gonzalo Castillo (El Penco).
En ambas organizaciones, la democracia interna es una pura ficción: tanto Leonel como Danilo son los dueños de sus parcelas, ahogan de raíz cualquier intento de disenso y, de llegar a celebrar procesos internos, recurrirán a competidores de utilería que se presten a hacerles el juego para vender ante la sociedad una falsa imagen de institucionalidad. Lo que ellos decidan «va a misa».
Viacrucis
Sin embargo, el verdadero «Vía Crucis» se escenificará a lo interno del oficialista Partido Revolucionario Moderno (PRM). En este escenario entra en juego la figura de Luis Abinader desempeñando dobles funciones: la de primer mandatario de la Nación y la de presidente del PRM. La intención de consensuar la figura del ministro de Turismo, David Collado, bajo la cobija del sector del presidente Abinader, chocará de frente con el muro de contención del «Hipolitismo».

Para el sector que lidera el expresidente Hipólito Mejía, la meta principal es impulsar las aspiraciones de su hija Carolina Mejía, precandidata presidencial que compite directamente a lo interno contra David Collado. Dejar que la militancia del PRM sea doblegada y «vencida» por el sector de Abinader no será una transición de terciopelo; al grupo de Collado y Abinader le va a costar negociar y ceder muchas cosas.
Negociar con Hipólito Mejía exigirá ceder cuotas de poder de alto calibre para el sector de su hija —desde la Alcaldía y la Senaduría del Distrito Nacional hasta varios Ministerios y Direcciones importantes—; solo así se evitará que el exmandatario le tire «una pasta de jabón al sancocho» de la unidad interna.
La pregunta de fondo es: ¿cómo es posible que el destino electoral de una nación y de sus partidos se decida en negociaciones de aposento? La respuesta se encuentra en el entramado legal vigente.
El blindaje legal del centralismo
La paradoja del sistema electoral dominicano radica en que la misma legislación aprobada para democratizar las organizaciones terminó institucionalizando el caudillismo legalizado. El artículo 45 de la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos consagra que la escogencia de precandidatos se efectúa conforme a los estatutos de cada organización. En su Párrafo II, la ley le otorga el derecho a cada partido de decidir la modalidad, método y tipo de registro de electores o padrón.
Esta manga ancha legal abre las puertas a modalidades como el consenso, las encuestas, la aclamación o las delegaciones de asamblea. Herramientas que, en el papel, buscan flexibilidad organizativa, pero en la realidad sirven como un «traje a la medida» para que las comisiones ejecutivas y comités políticos mantengan el control absoluto y anulen cualquier competencia real.
Aunque el artículo 216 de la Constitución de la República Dominicana exige que la organización de los partidos se ponga bajo el amparo de la democracia interna, y el artículo 30 de la Ley 33-18 consagra explícitamente el Derecho a elección y postulación para los afiliados, estas premisas se convierten en letra muerta cuando los mecanismos directivos imponen sus candidatos predilectos. Asimismo, la Ley Orgánica del Régimen Electoral No. 20-23 supervisa y valida los plazos de estas precampañas y formalizaciones, dejando intacto el poder de las cúpulas para elegir el método que más conveniencia táctica les depare.
El desencanto de las bases y la urgencia de una reforma implacable
El costo de todas estas artimañas lo paga la militancia de abajo, los de la base. Esos dirigentes de barrio, líderes comunitarios y cuadros sectoriales que están de forma permanente registrando, afiliando e identificando votantes por calles y barrancones observan con frustración cómo sus legítimas aspiraciones a cargos municipales, congresuales o presidenciales se desmoronan por acuerdos pactados arriba. La decisión de las cúpulas arruina y tumba sus aspiraciones, no obstante ser líderes genuinos de sus comunidades.
Para frenar esta sangría democrática y hacer que la militancia vuelva a creer y confiar, se hace impostergable una reforma profunda y tácita tanto a la Ley No. 33-18 de Partidos Políticos como a la Ley Orgánica No. 20-23 de Régimen Electoral.
Es urgente erradicar por completo las modalidades de «consenso», «aclamación» y las «decisiones delegadas» de comités ejecutivos o comisiones políticas para la escogencia de candidaturas de elección popular. La legislación debe ser taxativa: el único método democrático y legítimo para la escogencia de autoridades partidarias y candidatos a cargos electivos en las elecciones municipales, congresuales y generales debe ser el voto universal, directo y secreto, mediante primarias únicas y convenciones.
Solo garantizando que reine el voto universal de las bases —y no los acuerdos de aposento ni los montajes teatrales de las cúpulas— se logrará que los ciudadanos y la militancia vuelvan a confiar en los partidos tradicionales como verdaderos instrumentos de la voluntad popular.
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