Donald Trump 'descongela' ayuda humanitaria para algunos países: ¿se beneficia Colombia?

Estados Unidos dijo que la nueva medida aplica sobre asistencia humanitaria urgente. ¿Cuál es?

29 de enero de 2025Águila DigitalÁguila Digital
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Archivo El Tiempo/ Agencias Foto: Archivo El Tiempo/ Agencias

El Secretario de Estado de Estados Unidos, Marco Rubio, emitió esta semana una nueva "medida de excepción" (o waiver) para continuar entregando cierta ayuda humanitaria a decenas de países en el mundo que se habían visto afectados por una orden previa de la nueva administración de Donald Trump. 


(Vea también: ¿Cuándo volverán los trámites de visado para Estados Unidos? Esto se sabe tras llegada de tercer avión a Colombia)


Esa decisión previa suspendió el viernes de la semana pasada toda la ayuda exterior de Estados Unidos durante 90 días mientras se avanza en una evaluación para determinar si se alinea con los intereses del mandatario.


La orden del viernes, emitida por el propio Rubio, afecta a Colombia, pues el país recibe hasta 400 millones de dólares anuales en asistencia entre un presupuesto de más de 60.000 millones de dólares.

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El secretario de Estado, Marco Rubio. Foto:AFP

La decisión generó caos entre funcionarios de Estados Unidos, ONGs, contratistas estadounidenses y locales, pues no solo suspendió contratos futuros sino puso freno a los que ya estaban en marcha, que dejaron de operar desde este lunes.


Los ejecutares de programas existentes de asistencia humanitaria que salvan vidas deben continuar o reanudar el trabajo si lo han detenido. Esta reanudación es de naturaleza temporal, y excepto mediante una exención por separado o según sea necesario para llevar a cabo esta exención, no se celebrarán nuevos contratos 
Pero en un nuevo memo, Rubio anunció que el congelamiento no se aplicaría, por ahora, sobre asistencia humanitaria de carácter urgente que describió como medicinas que salven vidas, servicios médicos, comida, refugio, y recursos para subsistir al igual que costos razonables para subsumir y aquellos necesarios para entregar este tipo de asistencia.


"Los ejecutares de programas existentes de asistencia humanitaria que salvan vidas deben continuar o reanudar el trabajo si lo han detenido. Esta reanudación es de naturaleza temporal, y excepto mediante una exención por separado o según sea necesario para llevar a cabo esta exención, no se celebrarán nuevos contratos”, dice el memo.


Rubio aclaró, eso si, que la excepción no cobija a programas que involucren “abortos, conferencias de planificación familiar, programas de género o diversidad, cirugías transgénero u otra asistencia que no salva vidas”.


Pero, a parte de estas categorías, que si fueron definidas con claridad, el memo no fue muy específico a la hora de determinar qué programas quedarían protegidos del congelamiento.


Aparentemente, la lectura del memo indicaría que las mismas organizaciones humanitarias y agencias de Estados Unidos tendrán que determinar que componente de sus programas constituye "una ayuda humanitaria que salve vidas".
 

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